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domingo, 22 de diciembre de 2024

Posibles sanciones para regidores de Ecatepec

 



* Abstenerse también tiene consecuencias


Por Redacción / Agencia MANL 


Ecatepec, México.- La controvertida enajenación de un predio municipal en Ecatepec a favor de la inmobiliaria Fevilo S.A. de C.V. ha puesto en el centro del debate la actuación de los ocho regidores que se abstuvieron de votar. Lejos de ser una postura neutral, la abstención en este caso podría derivar en sanciones legales, administrativas e incluso penales, al tratarse de una decisión que afecta el patrimonio público y los intereses de la comunidad.



El marco legal: Obligaciones y posibles sanciones


1. Ley Orgánica Municipal del Estado de México


Artículo 32: Los regidores tienen la obligación de votar en las sesiones de cabildo y tomar decisiones que protejan los intereses municipales. La abstención injustificada constituye una falta a este deber.


Sanción posible: Procedimiento administrativo que podría incluir amonestaciones, inhabilitación para cargos públicos o remoción de su cargo.


2. Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios


Artículo 8: La omisión de deberes, como abstenerse sin razón válida, puede interpretarse como una falta administrativa grave.


Sanción posible: Multas económicas, inhabilitación hasta por 10 años o reparación del daño causado al municipio.


3. Código Penal del Estado de México



Artículo 327: Si la abstención favorece una acción contraria al interés público, los regidores podrían ser acusados de abuso de autoridad o incumplimiento de funciones.


Sanción posible: Pena de prisión de hasta tres años y multas económicas.



El impacto de la abstención y su vínculo con posibles sanciones


¿Cómo afecta la abstención al proceso?


La aprobación de la enajenación del predio municipal se logró con una mayoría simple, gracias a las abstenciones de los regidores. Su inacción permitió que la transacción, señalada como opaca y posiblemente ilegal, se llevara a cabo sin mayores obstáculos.


¿Por qué las abstenciones no eximen de responsabilidad?


La abstención no implica neutralidad en temas tan sensibles como la venta de bienes municipales. Al no votar en contra ni justificar su decisión, los regidores incumplieron su deber de representar los intereses ciudadanos, lo que podría configurarse como negligencia o complicidad pasiva.


Opiniones de expertos


Fernando Martínez Vargas, regidor que votó en contra, declaró: “La abstención no es una salida para evadir responsabilidades. Es un acto de omisión que permite que los intereses particulares se impongan sobre los bienes públicos.”


Por su parte, Ernesto García Reséndiz, maestro en Derecho Laboral, señaló: “Los regidores que se abstuvieron podrían enfrentar procedimientos por falta administrativa grave, ya que su inacción facilitó un posible daño al patrimonio del municipio.”


¿Qué sanciones podrían aplicarse?


1. Investigación por el OSFEM y la Contraloría Municipal


Los regidores podrían ser sujetos de auditorías para determinar si su abstención violó disposiciones legales o facilitó actos de corrupción.


2. Sanciones administrativas


Amonestaciones públicas o privadas.


Inhabilitación para ejercer cargos públicos hasta por 10 años.


3. Sanciones penales


Si se demuestra que hubo dolo o colusión, podrían enfrentar cargos por abuso de autoridad o incumplimiento de funciones, con penas de prisión de hasta tres años.


4. Procedimientos políticos


El Congreso local podría iniciar un juicio político, que podría derivar en su destitución e inhabilitación para ocupar futuros cargos públicos.


El llamado ciudadano: Exigir rendición de cuentas


Diversos sectores de la sociedad han exigido a las autoridades estatales y federales, como la gobernadora Delfina Gómez y la Secretaría de la Contraloría, que intervengan para investigar el caso. “Es inadmisible que decisiones tan importantes se tomen en medio de abstenciones y opacidad. Necesitamos sanciones ejemplares para quienes traicionaron la confianza ciudadana,” declaró J. Guadalupe Rodríguez Vargas, representante comunitario.


La omisión también se castiga


El caso de Ecatepec pone en evidencia cómo las abstenciones en decisiones críticas pueden tener consecuencias legales para los funcionarios. Los regidores que optaron por no votar no solo incumplieron con su deber, sino que permitieron que una operación cuestionable avanzara. Las sanciones administrativas y penales no solo son posibles, sino necesarias para garantizar que la justicia prevalezca y los bienes municipales sean protegidos.


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